Seminario de Estudios Costarricenses · Seminario Socrático 4
Resistencia y movimientos sociales
Pregunta socrática: ¿Qué condiciones hacen que una protesta social sea considerada legítima y quién tiene el poder de definir esa legitimidad?
Roles: David (Moderador), Geiner (Argumentador), Jeff (Crítico), Dylan (Conector) y Asdrubal (Relator). Asdrubal escucha y anota durante la discusión, y presenta la síntesis aparte, al profesor, cuando todo termina.
1. Inicio
DavidModeradorBuenas, vamos a empezar. La pregunta de hoy es qué condiciones hacen que una protesta social se considere legítima y quién tiene el poder de definir esa legitimidad. Vamos a usar la tesis de Alejandra Quesada sobre cómo Teletica y Repretel representan al campesino, el artículo de Karol Carmona sobre la violencia contra las mujeres trans en los espacios públicos y lo que ya habíamos visto de Sagot, y vamos a ir metiendo casos de Costa Rica, desde ALCOA hasta el gobierno de Carlos Alvarado. Argumentador, arranque usted.
2. Primera postura
GeinerArgumentadorMi postura es que una protesta no se vuelve legítima por lo que pide, sino porque quien tiene el poder de nombrarla la acepta, y ese poder lo tienen sobre todo el Estado y los medios. Quesada lo explica con lo que Grosfoguel llama el "sentido común hegemónico", que es lo que se usa como norma para definir qué es "democracia", qué es "terrorismo" y qué son los "derechos humanos". Entonces la misma marcha puede salir en las noticias como una lucha por derechos o como un desorden que afecta a la gente que va al trabajo, y casi nunca son los que protestan los que escogen cómo se cuenta.
Y a eso Quesada le suma la violencia cultural de Galtung, que son los discursos que hacen que la violencia directa o la estructural se vean, y cito, "como cargadas de razón, o por lo menos, no malas". Así que cuando la policía quita una protesta y el discurso dice que era necesario, la gente lo ve normal.
DavidModeradorCrítico, ¿usted qué le ve a eso?
3. Primera crítica
JeffCríticoQue si la legitimidad depende solo de quién tiene el poder, entonces cualquier protesta sería legítima y toda crítica a una protesta sería manipulación, y yo no creo eso. Un bloqueo que no deja pasar una ambulancia afecta derechos de otras personas, entonces le pregunto si para usted no hay ninguna condición que la protesta misma tenga que cumplir.
GeinerArgumentadorSí hay, y la tesis también da una pista. Quesada cita a Herrera Flores, que dice que cuando un derecho humano no se concreta, los afectados tienen "el legítimo derecho de sentirse indignados". O sea que la primera condición es que se esté reclamando un derecho que de verdad se les está negando, y que no se pase por encima de los derechos de otros. Lo que yo digo es que, aun cumpliendo eso, la etiqueta final la pone el que tiene el micrófono.
JeffCríticoEso me parece más justo. Pero entonces me sale otra duda, si esa etiqueta cambia con el tiempo, porque hay protestas que en su momento se trataron como desorden y hoy se recuerdan de otra forma.
DavidModeradorConector, ¿cómo ha sido eso en Costa Rica?
4. La historia de Costa Rica
DylanConectorEl caso más claro es ALCOA, en 1970. Estudiantes de la UCR y de colegios protestaron frente a la Asamblea contra el contrato con esa transnacional, el 24 de abril la policía dispersó la protesta y el contrato se aprobó esa misma noche, o sea que en el momento el Estado decidió que esa protesta no pesaba. Treinta años después pasó lo contrario con el Combo del ICE, en el 2000. Las protestas de "ICE sí, combo no" duraron semanas y el proyecto terminó saliendo de la corriente legislativa, así que ahí la gente logró que su lectura, la de defender una institución que era de todos, le ganara a la del gobierno.
Y en el TLC de 2007 se ve el otro lado, porque salió el "memorando del miedo" de Kevin Casas y el diputado Fernando Sánchez, que proponía meterle miedo a la gente con el desempleo para que votara por el sí. Eso es justo lo que decía el Argumentador, que la disputa no es solo en la calle sino en cómo se cuenta lo que pasa.
JeffCríticoEntonces la legitimidad no la decide un solo actor, se pelea, y a veces la gana el movimiento.
5. El gobierno de Carlos Alvarado
DavidModeradorVamos a un caso más reciente. Argumentador, ¿qué pasó con Alvarado?
GeinerArgumentadorEn 2018 hubo una huelga contra la reforma fiscal que duró 86 días, y después de eso, en enero de 2020, se aprobó la Ley 9808, que prohíbe la huelga en servicios esenciales, la limita en otros, dice que no se paga salario durante la huelga y prohíbe las huelgas políticas. Los sindicatos la llamaron "ley mordaza", porque para ellos se estaba censurando la protesta.
JeffCríticoAhí yo tendría cuidado con la palabra censura, porque no hubo un decreto que prohibiera protestar y la gente siguió saliendo a la calle, de hecho la Sala Constitucional en 2025 rechazó la acción de la ANEP contra esa ley. Me parece más preciso decir que se restringió la huelga.
GeinerArgumentadorTiene razón en que "censura" es la palabra de los sindicatos y no un dato. Pero lo que me interesa es que una ley decida qué huelga es legal y cuál no, porque eso es literalmente el Estado definiendo la legitimidad de la protesta, que es lo que pregunta el seminario.
DylanConectorY en octubre de 2020 se vio igual con los bloqueos del Movimiento Rescate Nacional contra el préstamo con el FMI. Alvarado retiró la propuesta a los pocos días, pero los bloqueos siguieron, el gobierno reportó 57 bloqueos y 15 aprehendidos, presentó denuncias penales contra los dirigentes y dijo que solo dialogaba si se quitaban los bloqueos. O sea que el gobierno puso la condición de quién se sienta en la mesa.
6. Quién puede estar en el espacio público
JeffCríticoTodo lo que hemos dicho es de huelgas y bloqueos, pero no sé si aplica a grupos que no tienen sindicato ni partido detrás.
DylanConectorAhí sirve Carmona, porque dice que el espacio público es un territorio donde los grupos con poder "restringen el uso al territorio" a otros. Para las mujeres trans, solo caminar por el Parque Central ya se trata como una provocación, y desde quienes las acosan son "culpables de violentar la moral". Y en el mismo texto dice que las iglesias promueven marchas de odio contra ellas, que muchos ven como lo moralmente correcto. Entonces una marcha se ve normal y la sola presencia de otro grupo se ve como una amenaza, y eso no lo decide la marcha sino quién se considera la norma.
GeinerArgumentadorY eso es lo que Sagot llama fascismo social, una sociedad democrática en lo formal pero autoritaria y excluyente en las relaciones sociales. Costa Rica tiene libertad de manifestación en la Constitución, pero en la práctica no todos la ejercen igual.
7. Cierre de la discusión
JeffCríticoYo me quedo con que una protesta tiene que reclamar un derecho negado y no pasar por encima de los derechos de otros, pero que eso no alcanza, porque la legitimidad la terminan disputando el Estado, los medios y el movimiento. Lo que no resolvimos es si una protesta que el Estado declara ilegal puede seguir siendo legítima.
DylanConectorPara mí sí, porque ALCOA en su momento se reprimió y hoy se enseña como parte de la historia del país.
DavidModeradorDejamos esa pregunta abierta. Gracias a todos, con esto cerramos el seminario.
Síntesis del Relator en viñetas (para el profesor, después del seminario, no va en la conversación)
- Me presento, soy Asdrubal y fui el relator del grupo.
- La pregunta, qué condiciones hacen que una protesta sea legítima y quién lo define.
- Condiciones, reclamar un derecho que de verdad se está negando, sin pasar por encima de los derechos de otros.
- Quién define, lo disputan el Estado, los medios y los movimientos, con el "sentido común hegemónico" de Quesada.
- Casos, ALCOA en 1970, el Combo del ICE en 2000, el TLC en 2007 y, con Alvarado, la Ley 9808 y los bloqueos de Rescate Nacional.
- Acuerdo, Costa Rica es democrática en lo formal pero no todos protestan en igualdad, que es el fascismo social de Sagot y lo que Carmona muestra con las mujeres trans.
- Desacuerdo, si lo de Alvarado fue censura o una restricción legal de la huelga.
- Pregunta abierta, si una protesta que el Estado declara ilegal puede seguir siendo legítima.
Síntesis del Relator en prosa (lo mismo, para decirlo de corrido)
Buenas, profesor, soy Asdrubal y fui el relator del grupo. La pregunta era qué condiciones hacen que una protesta sea legítima y quién lo define. Llegamos a que una protesta tiene que reclamar un derecho que de verdad se está negando, sin pasar por encima de los derechos de otros, pero que la legitimidad la disputan el Estado, los medios y los propios movimientos, con lo que Quesada llama el "sentido común hegemónico". Lo vimos con ALCOA en 1970, el Combo del ICE en 2000, el TLC en 2007 y, con Alvarado, la Ley 9808 y los bloqueos de Rescate Nacional. Coincidimos en que Costa Rica es democrática en lo formal pero no todos protestan en igualdad, que es el fascismo social de Sagot y lo que Carmona muestra con las mujeres trans. No nos pusimos de acuerdo en si lo de Alvarado fue censura o una restricción legal de la huelga, y quedó abierta la pregunta de si una protesta que el Estado declara ilegal puede seguir siendo legítima.
Consejos para la grabación
Díganlo con sus palabras. Si algo suena muy escrito, cámbienlo, porque la rúbrica premia el diálogo y no que se recite.
Ritmo. El video tiene unas 1200 palabras. Leídas a velocidad normal son como 8 minutos, y como hablamos despacio hay que esperar unos 11.
Evidencia del texto. Quesada (2016), págs. 22, 25 y 41-42 de la tesis. Carmona Alvarado (2021), págs. 10, 24 y 26. Sagot (2013), pág. 9 del PDF.
Fuentes de los casos. ALCOA, Semanario Universidad (26 de abril de 2017). Huelga de 2018, CRHoy (4 de diciembre de 2018). Ley 9808, Delfino (20 de enero de 2020). Rescate Nacional, Delfino (6 de octubre de 2020) y Teletica (29 de octubre de 2020). Sala Constitucional sobre la Ley 9808, Semanario Universidad (22 de agosto de 2025).